Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 669

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO III APEO O DESLINDE

ARTÍCULO 669 . El apeo aprobado confiere al promovente la posesión del inmueble contra los dueños de las propiedades colindantes que hubieren prestado su conformidad, o que habiéndose opuesto al deslinde fueren judicialmente vencidos o se les hubiere tenido por desistidos de su oposición en términos de los dos artículos que anteceden. Respecto de terceros que no hayan sido oídos, la posesión sólo se adquirirá por el transcurso de más de un año u otro título legal.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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