Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1083

TITULO SEGUNDO Juicios sucesorios · CAPÍTULO SEGUNDO

ARTÍCULO 1083.

Procedencia del juicio intestado.

El juicio de intestado tiene lugar cuando no hay testamento o el que se otorgó es nulo o perdió su validez, o cuando siendo válido el testamento, el testador no dispuso de todos sus bienes.

En este último caso el juicio intestamentario recaerá exclusivamente sobre los bienes no incluidos en el testamento.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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