ARTÍCULO 265.
Suma del petitorio.
Todo escrito deberá llevar en la parte superior, una suma o resumen del petitorio.
TÍTULO QUINTO Actos de las partes · CAPÍTULO PRIMERO Actos de postulación
ARTÍCULO 265.
Suma del petitorio.
Todo escrito deberá llevar en la parte superior, una suma o resumen del petitorio.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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