Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila
Artículo 407
TÍTULO PRIMERO Fase expositiva: demanda, emplazamiento y · CAPÍTULO TERCERO
ARTÍCULO 407.
Oportunidad para resolver sobre dilatorias presupuestos procesales.
La excepción de carácter procesal dilatoria y los presupuestos procesales necesarios para que el juicio tenga existencia jurídica y validez formal que no se hayan subsanado por el interesado para encausar legalmente el desarrollo del proceso, deberán de ser resueltos en la audiencia previa y de conciliación.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
Pregúntale a RíoLex
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.