Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila
Artículo 729
TITULO SEGUNDO Juicios sobre propiedad y posesión · CAPÍTULO SEXTO Apeo o deslinde
ARTÍCULO 729.
Gastos originados por el apeo o deslinde.
Los gastos generales del apeo o deslinde se harán por el que lo promueva. Los que importen la intervención de los peritos que designen y de los testigos que presenten los colindantes, serán pagados por el que nombre a los unos y presente a los otros.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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