Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 761

TITULO TERCERO Juicios ejecutivos · CAPÍTULO TERCERO Juicio hipotecario

ARTÍCULO 761.

Efectos de la sentencia de segunda instancia favorable.

Si el tribunal de alzada revoca el fallo de primera instancia que declaró procedente el remate, luego que vuelvan los autos al juzgado de su origen, se mandará cancelar la anotación de la demanda en el Registro Público, y en su caso se devolverá la finca al demandado, ordenando al depositario que rinda cuentas con pago en el plazo que fije el juzgador, que no podrá exceder de diez días.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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