Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 796

TITULO PRIMERO Arbitraje privado · CAPÍTULO SEGUNDO Del convenio arbitral y sus efectos

ARTÍCULO 796.

Elementos del convenio.

El convenio arbitral designará el negocio o negocios que se sujeten al juicio arbitral, y el nombre de los árbitros.

Si falta el primer elemento, el convenio es nulo de pleno derecho, sin necesidad de previa declaración judicial.

Si falta el segundo, o sea la designación de los árbitros, el convenio será válido y se entenderá que los interesados se reservan hacer la designación con intervención judicial, en la forma prevista para los actos prejudiciales.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.