Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 804

TITULO PRIMERO Arbitraje privado · CAPÍTULO TERCERO De los árbitros

ARTÍCULO 804.

Efectos de la aceptación del cargo de árbitro.

La aceptación obliga a los árbitros a cumplir fielmente su encargo, incurriendo, si no lo hicieren, en responsabilidad por los daños y perjuicios que causaren por dolo o culpa.

Salvo pacto en contrario, los árbitros podrán exigir a las partes la provisión de fondos que estimen necesarios con cargo a sus honorarios y los gastos que puedan originarse con motivo del arbitraje.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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