Artículo 225.- Si el acreedor fuere desconocido se le citará por los periódicos y por el plazo que designe el juez.
Artículo 225
TITULO QUINTO ACTOS PREJUDICIALES · CAPITULO IV De la preparación del juicio arbitral
Última reforma de esta ley incorporada: 17 de julio de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.
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