ARTÍCULO 713. Se da el recurso de queja en contra de los actuarios y secretarios por ante el juez. Contra los primeros, sólo por exceso o defecto de las ejecuciones. Contra los segundos, por omisiones y negligencias en el desempeño de sus funciones.
Artículo 713
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO II DE LA APELACIÓN EXTRAORDINARIA
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de mayo de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.
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