ARTÍCULO 752. El síndico deberá otorgar fianza dentro de los primeros quince días que siguen a la aceptación del cargo.
Artículo 752
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO III DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONCURSO
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de mayo de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.