Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México
Artículo 1.125
TITULO SEPTIMO Actos Procesales en Ge neral · CAPITULO III Del Orden, Correcciones Disciplinarias y Medios de Apremio Orden y respeto al Tribunal
Artículo 1.125.- Los Secretarios foliarán debidamente los expedientes, al agregarse cada una de las hojas; rubricarán todas éstas en el centro de lo escrito y pondrán el sello del Tribunal en el fondo del cuaderno, de manera que queden selladas las dos caras.
Reposición de actuaciones judiciales
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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