Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 1.183

TITULO SEPTIMO Actos Procesales en Ge neral · CAPITULO IX De las Notificaciones y Citaciones

Artículo 1.183.- En el Tribunal se harán las notificaciones, citaciones y emplazamientos, si los propios interesados comparecen para ello.

Firma de la notificación

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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