Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 1.253

TITULO OCTAVO · CAPITULO I Reglas Generales

Artículo 1.253.- El que afirma tendrá la carga de la prueba, de sus respectivas proposiciones de hecho, y los hechos sobre los que la contraparte tenga a su favor una presunción legal.

Carga de la prueba sobre hechos negativos

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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