Artículo 1.279.- Las contestaciones serán categóricas, afirmativa o negativamente; pudiendo el absolvente, agregar las explicaciones que considere necesarias, o las que el Tribunal le pida.
Posiciones estimadas ilegales
TITULO OCTAVO · CAPITULO II De la Confesión
Artículo 1.279.- Las contestaciones serán categóricas, afirmativa o negativamente; pudiendo el absolvente, agregar las explicaciones que considere necesarias, o las que el Tribunal le pida.
Posiciones estimadas ilegales
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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