Artículo 1.34.- Es Juez competente, aquél al que los interesados se hubieren sometido expresa o tácitamente, si se trata de competencia prorrogable.
Sometimiento expreso
TITULO CUARTO
Artículo 1.34.- Es Juez competente, aquél al que los interesados se hubieren sometido expresa o tácitamente, si se trata de competencia prorrogable.
Sometimiento expreso
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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