Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 1.354

TITULO OCTAVO · CAPITULO VII De los Elementos de Convicción Producidos o

Artículo 1.354.- El día del desahogo de la prueba, se incluirá en el acta lo que las partes o el Juez considere necesario, ya sea transcribiéndolo o describiéndolo.

Notas taquigráficas como prueba

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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