Artículo 1.360.- Se reconocen como recursos los siguientes:
I. Revocación;
II. Apelación;
III. Queja.
Irrenunciabilidad de los recursos
TITULO OCTAVO · CAPITULO IX De la Valoración de la Prueba
Artículo 1.360.- Se reconocen como recursos los siguientes:
I. Revocación;
II. Apelación;
III. Queja.
Irrenunciabilidad de los recursos
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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