Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 1.390

TITULO NOVENO · CAPITULO III De la Apelación

Artículo 1.390.- Dentro de los cinco días siguientes a la calificación del grado, las partes podrán presentar alegatos por escrito.

Plazo para dictar resolución

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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