Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 2.113

TITULO CUARTO · CAPITULO I Del Juicio Ordinario

Artículo 2.113.- Cuando fueren varios los demandados, el plazo para contestar les corre individualmente.

Efectos del emplazamiento

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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