Artículo 2.230.- Los bienes siempre serán valuados para sacarlos a remate. El ejecutado tiene derecho a que el avalúo se actualice y no medie entre éste y la almoneda más de seis meses.
Forma de determinar el valor para el remate
TITULO QUINTO Vía de Apremio · CAPITULO III De los Remates
Artículo 2.230.- Los bienes siempre serán valuados para sacarlos a remate. El ejecutado tiene derecho a que el avalúo se actualice y no medie entre éste y la almoneda más de seis meses.
Forma de determinar el valor para el remate
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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