Artículo 2.241.- Concluida la diligencia, se devolverán las exhibiciones, excepto la que corresponda al postor en cuyo favor se constituya el remate la que como garantía de cumplimiento se mandará depositar.
Posturas de contado
TITULO QUINTO Vía de Apremio · CAPITULO III De los Remates
Artículo 2.241.- Concluida la diligencia, se devolverán las exhibiciones, excepto la que corresponda al postor en cuyo favor se constituya el remate la que como garantía de cumplimiento se mandará depositar.
Posturas de contado
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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