Artículo 2.314.- Será domicilio legal para hacer el requerimiento, el inmueble arrendado.
Requerimiento y emplazamiento
TITULO SEXTO Procedimientos Especiales · CAPITULO V Del Desahucio
Artículo 2.314.- Será domicilio legal para hacer el requerimiento, el inmueble arrendado.
Requerimiento y emplazamiento
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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