Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 3.32

TITULO UNICO Actos que por Disposición de la Ley a Solicitud de los Particulares · CAPITULO V Del Apeo o Deslinde

Artículo 3.32.- La solicitud de apeo o deslinde deberá contener:

I. La ubicación del inmueble y su denominación, si la tuviere;

II. En su caso, la parte o partes específicas sobre las que se pretenda llevar a cabo;

III. Los nombres de los colindantes;

IV. El sitio donde están y donde deban colocarse las señales, y si éstas no existen, el lugar donde estuvieron;

V. Designación de un perito.

Documentos y planos

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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