Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.83

TITULO SEGUNDO · CAPITULO IX De la Tramitación Especial

Artículo 4.83.- Los herederos pueden acudir al Juez para tramitar o continuar en forma especial el juicio sucesorio exhibiendo:

I. Copia certificada del acta de defunción del autor de la sucesión;

II. Testamento o documentos que justifiquen su derecho;

III. Informe del Archivo General de Notarías sobre inexistencia de testamento del autor de la herencia;

IV. Inventario;

V. Convenio de adjudicación.

Resolución en la tramitación especial

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.