Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.85

TITULO SEGUNDO · CAPITULO IX De la Tramitación Especial

Artículo 4.85.- Si en el trámite especial o notarial hubiere opos ición, el juicio se seguirá conforme a las reglas generales de este título.

Formalidad de la adjudicación

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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