Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 41

TITULO PRIMERO DE LAS ACCIONES Y EXCEPCIONES · CAPITULO II DE LAS EXCEPCIONES

Artículo 41.- La parte que oponga la excepción de conexidad acompañará con su escrito, copia autorizada de la demanda y contestación con que iniciaron el juicio conexo; y con esta prueba y la 7 contestación de la parte contraria, que producirá dentro del tercer día, el Juez fallará dentro de las veinticuatro horas siguientes.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de junio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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