Artículo 871.- Es parte legítima para los efectos del artículo anterior:
I.- El que tuviere interés en el testamento;
II.- El que hubiere recibido en él algún encargo del testador.
TITULO XIV JUICIOS SUCESORIOS · CAPITULO X DECLARACIÓN DE SER FORMAL EL TESTAMENTO OLÓGRAFO
Artículo 871.- Es parte legítima para los efectos del artículo anterior:
I.- El que tuviere interés en el testamento;
II.- El que hubiere recibido en él algún encargo del testador.
Última reforma de esta ley incorporada: 26 de junio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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