Artículo 1007 .- Si al presentar la cuenta el tutor, la suscribe también el curador, no se correrá a éste el traslado de que previene el artículo precedente, pero se exigirá la ratificación de las firmas y sólo se entenderá el traslado con el Agente de la Procuraduría Social.
Artículo 1007
TITULO DÉCIMO · CAPITULO II De la Declaración de Estado; del Nombramiento de
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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