Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Jalisco
Artículo 620
TITULO DECIMO PRIMERO De los Juicios Sumarios · CAPITULO I Reglas Generales
Artículo 620 .- La tramitación de estos juicios se sujetará a las disposiciones especiales de este título y, en lo no previsto a las reglas generales y disposiciones para el juicio ordinario.
En los negocios cuyo interés no exceda del importe de treinta días de salario mínimo, la tramitación se ajustará a las disposiciones relativas del Título décimo cuarto.