Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 1054

TITULO DECIMO · CAPITULO I Disposiciones generales

Artículo 1054. Si durante la tramitación de un intestado apareciere el testamento, de plano se sobreseerá aquél, para abrir el juicio testamentario a no ser que las disposiciones testamentarias se refieran sólo a una parte de los bienes hereditarios.

En este caso se acumularán los juicios bajo la representación del ejecutor testamentario y la liquidación y partición serán siempre comunes; los inventarios lo serán también cuando los juicios se acumularen antes de su facción.

(ADICIONADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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