Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 1346

TITULO DECIMO · CAPITULO XIII Del divorcio por mutuo consentimiento

Artículo 1346. La resolución que decreta el divorcio por mutuo consentimiento, es apelable en el efecto devolutivo. La que lo niegue es apelable en ambos efectos.

(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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