Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán
Artículo 33
CAPITULO I De las acciones
Artículo 33. Todas las acciones civiles toman su nombre del contrato o hecho a que se refieren.
La acción procede en juicio aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que se determine con claridad cuál es la clase de prestación que se exige al demandado y el título o causa de la acción.
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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