Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 513

TITULO QUINTO Del juicio ordinario · CAPITULO IX De la prueba testimonial

Artículo 513. Para el examen de los testigos no se presentarán interrogatorios escritos. Las preguntas serán formuladas verbal y directamente por las parte (sic), tendrán relación directa con los puntos controvertidos y no serán contrarias al derecho o a la moral. Deberán igualmente estar concebidas en términos claros y precisos, procurando que en una sola no se comprenda más que un solo hecho. Los jueces desecharán las preguntas y repreguntas que no se ajusten a las prescripciones de este artículo, pudiendo el interesado volverlas a presentar oportunamente reformadas.

(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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