Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 620

TITULO QUINTO Del juicio ordinario · CAPITULO XVII De la sentencia ejecutoriada

Artículo 620. En las cuestiones relativas al estado civil de las personas y a las de validez o nulidad de las disposiciones testamentarias, la cosa juzgada es eficaz contra terceros aunque no hubiesen litigado, a menos que aleguen colusión de los litigantes para perjudicarlos.

(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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