Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 713

TITULO SÉPTIMO De los recursos · CAPITULO II De la apelación

Artículo 713. De la solicitud en que este incidente se promueva, se correrá traslado por tres días al colitigante, y pasado este término, se citará para resolución que se pronunciará dentro de otros tres días. Si se declarare admisible el recurso en ambos efectos, se prevendrá al juez de los autos que los remita originales, si no hubieren sido remitidos en virtud de lo expuesto en el artículo

698.

(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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