Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 862

TITULO DECIMO · CAPITULO II De los remates

Artículo 862. Las posturas se formularán por escrito expresando el mismo postor o su representante con poder jurídico:

I. El nombre, edad, capacidad legal, estado, profesión y domicilio del postor;

II. La cantidad que se ofrezca por la cosa sujeta a remate;

III. La que se dé al contado y los términos en que el resto haya de pagarse;

IV. El interés que deba causar la suma que quede reconocida;

V. La sumisión expresa al juez que conoce del negocio para que haga cumplir el convenio.

(REUBICADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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