Código Procesal Civil para el Estado de Morelos · Morelos

Artículo 1032

TITULO UNICO · CAPITULO I

ARTICULO 1032.- Simplificación y rapidez en el despacho. Para facilidad y rapidez en el despacho, las citas, órdenes y demás documentos necesarios se extenderán en esqueletos o impresos que tendrán los espacios vacíos que su objeto requiera, los cuales se llenarán haciendo constar en un extracto lo indispensable para la precisión del documento. Cuando por motivos especiales fuere necesario hacer constar datos adicionales en el documento correspondiente, se escribirá al reverso del mismo o en hojas que se agregarán a él. El Presidente del Tribunal Superior fijará cada año en el mes de diciembre los modelos de los esqueletos que hayan de emplear en el año siguiente, oyendo al efecto a los jueces menores, a los que convocará a las juntas que estime necesarias, advertido de incorporar las reformas legales ocurridas o criterios de actualidad, cuidará de su impresión y distribución de los modelos.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2024. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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