Código Procesal Civil para el Estado de Morelos · Morelos

Artículo 508

TITULO PRIMERO · CAPITULO XVII

ARTICULO 508.- Sentencias sobre prestaciones futuras y condena en costas. Las resoluciones sobre obligaciones por venir contendrán, además de los requerimientos legales consignados en los Artículos anteriores, la expresión de no ejecutarse sino llegado el vencimiento del plazo de la prestación fijada. Para la condena en costas procesales se tomará en cuenta si el vencido dio o no lugar al juicio.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2024. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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