ARTÍCULO 25 .- Ningún Juez puede sostener competencia con un Tribunal Superior bajo cuya jurisdicción se halle, pero sí con otro que aunque sea superior no la ejerzan sobre él.
Artículo 25
TITULO SEGUNDO SUJETOS PROCESALES · CAPITULO II AUTORIDAD JUDICIAL
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.
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