Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 482

TITULO PRIMERO CONTROVERSIAS DE ORDEN FAMILIAR · CAPITULO V SEPARACION DEL DOMICILIO FAMILIAR

ARTÍCULO 482 .- La solicitud puede ser escrita o verbal, en la que se señalarán las causas en que se funda, el domicilio para su habitación, la existencia de hijos menores y las demás circunstancias del caso.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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