Artículo 1108.- No será obstáculo para dar trámite a la solicitud de divorcio incausado la deficiencia o falta de presentación de la propuesta de convenio regulador de las consecuencias jurídicas del divorcio, pero deja expedita la jurisdicción del juez para emitir de oficio o a petición de parte las medidas cautelares en favor de las niñas, niños y adolescentes, o incapaces y, en su caso, del cónyuge, mismas que subsistirán hasta en tanto las partes lleguen a un convenio o se resuelva la cuestión que motivó su pronunciamiento.
(ADICIONADO, P.O. 06 DE AGOSTO DE 2021)
El juez confiará a los animales de compañía y/o domésticos a uno o ambos cónyuges, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar de los animales.
(ADICIONADO, P.O. 14 DE DICIEMBRE DE 2016)