Artículo 269.- El que articula las posiciones, ya sea la parte misma, ya sea su apoderado, tiene derecho de asistir al interrogatorio y de hacer en el acto las nuevas posiciones que le convengan.
Artículo 269
TITULO QUINTO DE LA PRUEBA · CAPITULO III DE LA CONFESIÓN Y LA DECLARACIÓN DE PARTE
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: hcnl.gob.mx.
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