Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 686

TITULO DÉCIMO · CAPITULO I De las revocaciones y apelaciones

Artículo 686.- En el auto a que se refiere el artículo anterior se mandará correr traslado con la copia del escrito de expresión de agravios a la parte apelada, por seis días para que los conteste, durante los cuales estarán los autos a disposición de ésta para que se imponga de ellos.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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