Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla · Puebla

Artículo 494

CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO: C CO OS ST TA AS S

Artículo 494.- En la convocatoria para la venta judicial se atenderá a lo siguiente:

I.- Se anunciará su venta por tres veces, dentro de un término de treinta días, en el Periódico Oficial y en algún otro de mayor circulación en el lugar, a juicio del Juez;

II.- Se fijará además el anuncio en la tabla de avisos del juzgado;

III.- Se repetirá la publicación, en la forma ordenada, en los diversos lugares en que estuvieren situados los bienes, si aquéllos fueren varios, y

IV.- A petición de las partes y a su costa, podrán utilizarse otros medios de publicidad.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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