Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla · Puebla

Artículo 493

CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO: C CO OS ST TA AS S

Artículo 493.- Fijado el precio base, el Tribunal anunciará la venta judicial la que contendrá:

I.- La convocatoria a postores;

II.- El bien a rematar, indicando su ubicación, identificación y datos de inscripción;

III.- El precio base para la postura legal, y

IV.- El día, hora y lugar en que tenga verificativo la pública almoneda.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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