Artículo 606.- A quien pretenda tener derecho a una servidumbre voluntaria, corresponde la carga de la prueba del título de ese derecho, aunque esté en posesión de la servidumbre.
Artículo 606
CAPÍTULO TERCERO
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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