Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla · Puebla

Artículo 862

CAPÍTULO CUARTO

Artículo 862.- Contra lo decidido por el Juez revisor en el procedimiento de validación no procede recurso alguno.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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