Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 664

TÍTULO DÉCIMO · CAPITULO UNICO

Artículo 664.- El compromiso será válido aunque no se fije término al juicio arbitral y, en este caso, la misión de los árbitros durará sesenta días. El plazo se cuenta desde que se acepte el nombramiento.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de junio de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.