Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 395

TITULO SEXTO Del Juicio Ordinario 35 · CAPITULO V Del valor de las Pruebas

ART. 395. El documento que un litigante presenta, prueba plenamente en su contra, en todas sus partes, aunque el colitigante no lo reconozca.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de julio de 2009. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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